Cliente Bancario: para conocer y entender el mundo bancario

Un sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero de Chile, CMF Chile

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Créditos de consumo

¿Puede realizar la cobranza una empresa externa a la institución en la que contraté el crédito?

Las instituciones pueden entregar la cobranza de créditos morosos a empresas externas. Sin embargo, la institución tiene la obligación de informar esto en forma previa, es decir, antes de contratar el crédito la institución deberá informar al cliente las condiciones de dicha acción.

Todo lo anterior está estipulado en el artículo 37 de la Ley del Consumidor.

 

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